Riesgos del proyecto de reforma a la ley del CONESUP

La Asamblea Legislativa está en una encrucijada que no es
menor, pues está discutiendo un proyecto que afecta directamente a la educación
superior privada del país, la cual atiende al 70% de estudiantes graduados de
colegios públicos.

En todas las democracias sólidas del mundo, las
universidades públicas conviven en competencia con las privadas, y eso redunda
en el bienestar general, pues hay más opciones para los estudiantes, y se
contribuye a formar los profesionales que cada país requiere para mejorar su
productividad.  La multiplicidad de
centros universitarios permite una oferta educativa amplia y pertinente. Durante
varios decenios, la movilidad social y el ensanchamiento de la clase media tuvo
a las universidades públicas como motor principal. Eso empezo a cambiar hace al
menos 40 años, cuando diversos centros privados entraron a competir en la
oferta académica y muchos de ellos, con la misma calidad que la de los centros
públicos. La educación privada está reconocida constitucionalmente, y es de
interés público.

El proyecto Expediente No. 21.578,  que se discute esta semana en Plenario Legislativo,
tras el dictamen positivo de la Comisión de Asuntos Sociales, tiene como fin reformar
de la ley de CONESUP, para darle poderes reglamentarios discrecionales e
ilimitados, así como exigirles a las universidades privadas acreditarse ante el
Sistema Nacional de Acreditación de Educación Superior (SINAES). Ese requisito
no se le exigiría a las universidades públicas. Ya la Procuraduría General de
la República indicó que esto podría tener roces de inconstitucionalidad.

Todos los estudiantes, independientemente del centro
educativo al que asisten, son iguales y, por ende, tienen los mismos derechos ante
la ley.  Pero este proyecto crea discriminaciones
odiosas, según la naturaleza pública o privada del centro educativo, partiendo de
la falacia de que las universidades estatales poseen una calidad inherentemente
superior. Soy fiel creyente del valor multidimensional de la universidad
pública, como lo soy de la libertad de escoger dónde se educan los
costarricenses.

Expertos constitucionalistas han señalado que de llegar a
ser ley, se violentaría el principio de división de Poderes y algunos
principios legales fundamentales, al otorgar al CONESUP facultades que van más
allá de lo que le corresponden según la Constitución y las leyes. Recodermos
que en materia pública, toda potestad debe estar expresamente autorizada y
claramente delimitada en una ley. La reforma pretendida podría poner
limitaciones inconstitucionales al derecho fundamental a la educación, a la
libertad para escoger la educación que se quiere recibir, y al derecho a la
enseñanza (con libertad de cátedra incluida), consagrados por la Carta Magna.

Según el proyecto 21.578, las universidades privadas tendrían
que acreditarse no por carrera, sino institucionalmente, bajo una norma de
calidad que definiría SINAES según su mejor criterio, con facultad para crear
más requisitos y trabas de las ya existentes. Esto genera gran inseguridad
jurídica. 

Por otra parte, el SINAES está adscrito al Consejo
Nacional de Rectores (CONARE) de las universidades estatales.  El aroma a conflito de intereses que despide
la letra del proyecto debe alertar a nuestros legisladores del riesgo de
aprobarlo. Es antidemocrático poner en manos del Estado la definición de los
contenidos académicos de centros privados y la potestad de cerrarlos.
Ciertamente,  tiene una potestad de
regulación y control, que no debería ir más allá de la autorización para abrir
centros y definir el margo general de funcionamiento, con respeto de los
principios fundamentales del Ordenamiento costarricense, así como fiscalizar
que los cumplan. Al ser de interés público, es lógico y necesario que la
formación privada esté sujeta a ciertas reglas y requisitos. Pero estos deben
ser razonables, imparciales, equitativos y legalmente válidos.

El proyecto violenta el principio de proporcionalidad, al
demandar la acreditación a cargo de un ente público sobre los centros privados
exclusivamente,  sin tomar en cuenta los
costos asociados a la acreditación, y el consecuente impacto que tendría sobre
las tarifas a los estudiantes.  En el
sector privado, los costos de un servicio son trasladados al consumidor, para
que sea sostenible seguir ofreciéndolos. Si se encarecen los servicios
educativos, muchos jóvenes quedarán exluidos, en especial los de las zonas
geográficamente alejadas y económicamente vulnerables, a las que los centros públicos
no han llegado o cuya oferta es insuficiente. 
La precaria situación económica del país ha hecho que algunas
universidades estatales reduzcan los recursos destinados a los campus ubicados
fuera de la gran àrea metropolitana. Esta situación solo va  profundizarse como consecuencia de la
pandemia.

Como si fuera poco, en contra del principio de igualdad
ante la ley, el proyecto prevé que a las universidades privadas se les puedan
exigir distintos niveles de calidad, y según cada estándar que se estipule, así
serán los gastos e inversiones que se deben realizar.  Con esto, innegablemente subirían las tarifas
y podrían cerrar las sedes en donde las poblaciones no puedan hacerle frente a dichas
tarifas. También el ente regulador podría ordenar el cierre de universidades
que no cumplan con los criterios de calidad discrecionalmente impuestos. ¿Qué
pasó con los principios democráticos de libertad de cátedra, de libre
competencia y de libertad de empresa?

No hay pruebas de que la acreditación ante SINAES produzca
una mejora sustancial y automática de la calidad de la educación superior,
aspiración justa tanto para los centros privados como para los públicos.¿Pero
quién garantiza que es mejor una acreditación ante un ente monopólico gobernado
por los jerarcas de las universidades públicas, que la acreditación otorgada
por entes independientes y/o internacionales?

Por último, estas potestades que se le quieren conceder a
CONESUP no van acompañadas de una mejora en la calidad de su servicio.  Las labores de fiscalización no se
fortalecen; la actualización de las carreras y tiempos de respuesta no se
garantizan con esos procedimientos; y se mantiene prácticamente la misma
conformación del Consejo que augura que lo que no funciona bien, se mantendrá
igual.    

Existe un texto sustitutivo de proyecto de ley que promete atender los problemas de calidad de la educación superior privada, que no presenta roces (al menos no visibles) con la Constitución, ni compromete las libertades de enseñanza y el derecho a la educación por parte de toda la población, en particular la de menores ingresos económicos.  Confío en que los diputados puedan tomarse el tiempo para analizar, discutir y aprobar una nueva propuesta con base en ese texto alternativo.

Publicado en Página Quince de La Nación, 17 de septiembre de 2020.

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